
En la segunda etapa de la inscripcion de Habilitacion Urbana es necesario presentar a registros públicos para su calificación los siguientes documentos.
Requisitos:
- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito
- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
- Resolución de la Municipalidad Distrital, salvo que el proyecto hubiera sufrido modificaciones, en cuyo caso se presentará la resolución provincial que la ratifica
- Documento privado con firmas legalizadas en la que se consigne el valor de la obra, salvo que la Resolución con tenga dicha valorización
- Pago de derechos registrales.
- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes

Requisitos:
- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
- Copia certificada de la resolución de la municipalidad distrital que aprueba la habilitación, salvo que la municipalidad provincial actúe como primera y única instancia.
- Plano de lotización georeferenciado a la Red Geodésica Nacional y proyección de coordenadas oficiales, aprobado por la resolución que aprueba la habilitación.
- Copia certificada del oficio con la constancia de recepción de la Municipalidad Provincial, que acredite la fecha de presentación.
- Constancia emitida por la municipalidad respectiva certificando la falta de pronunciamiento.
- Pago de derechos registrales.
- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
Respecto al silencio administrativo, que se menciona es necesario precisar que se debe tener en cuanta los plazos perentorios prescritos por Ley N° 27444 Ley de Procedimientos Administrativos.
Ejemplo: Un usuario recurre a la municipalidad provincial pertinente para solicitar la ratificación o en su caso la aprobación de la lotización, los funcionarios ediles, no resuelven dentro del plazo perentorio prescrito por Ley (30 días), el usuario esta facultado para acogerse al silencio administrativo, la municipalidad emitirá una constancia del silencio administrativo donde se acredite la fecha de presentación y la falta de pronunciamiento.

En el Perú las aprobaciones de habilitaciones urbanas, está creciendo desmesuradamente, es poco común ver en las grandes ciudades zonas verdes como parques y jardines, pese a que por Ley se debe dejar aportes reglamentarios con estos fines.
Sin perjuicio de ello para inscribir una habilitación urbana es necesario presentar ante SUNARP lo siguiente:
Requisitos:
- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito
- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
- Resolución de la municipalidad provincial que ratifica la aprobación de la municipalidad distrital, o la Resolución de la municipalidad provincial que aprueba la habilitación tratándose del Cercado. Si la resolución provincial ratificatoria no contiene los datos del último párrafo del artículo 30° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, se acompañará resolución de la municipalidad distrital
- Plano de Lotización georeferenciado a la Red Geodésica Nacional y proyección de coordenadas oficiales, aprobado por la resolución que aprueba la habilitación
- Pago de derechos registrales.
- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes